Baja por regla dolorosa: una prestación desconocida para muchas mujeres

La menstruación es un proceso fisiológico que afecta a las mujeres en edad reproductiva y que puede tener diferentes repercusiones en su salud y bienestar. Algunas mujeres experimentan dolores menstruales o dismenorrea, que pueden ser de diferente intensidad y duración. En algunos casos, estos dolores pueden ser tan severos que impiden el normal desarrollo de las actividades cotidianas, incluido el trabajo.

En España, existe una figura legal que reconoce el derecho de las mujeres que sufren una dismenorrea generada por una patología previamente diagnosticada a solicitar una incapacidad temporal especial por regla dolorosa. Se trata de una baja laboral por contingencias comunes que se concede por un máximo de cinco días al año, salvo que el médico determine lo contrario. El subsidio se abona desde el primer día de la baja y se percibe el 60% de la base reguladora.

Sin embargo, esta prestación es desconocida para muchas mujeres y empresas, y su aplicación es muy limitada. Según datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en 2020 solo se concedieron 2.052 bajas por regla dolorosa, lo que supone el 0,01% del total de bajas por contingencias comunes. Además, la duración media de estas bajas fue de 2,5 días, muy por debajo del máximo establecido.

¿Qué requisitos se deben cumplir para solicitar la baja por regla dolorosa?

Para poder acceder a la incapacidad temporal especial por regla dolorosa, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Estar afiliada y en alta en la Seguridad Social, en el Régimen General o en alguno de los regímenes especiales que lo tengan asimilado.
  • Tener cubierto un periodo mínimo de cotización de 180 días dentro de los cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la baja.
  • Tener una dismenorrea diagnosticada por un médico, que sea consecuencia de una patología orgánica o funcional, como la endometriosis, los miomas uterinos, la adenomiosis, las malformaciones uterinas, las infecciones pélvicas o los trastornos hormonales.
  • Presentar un informe médico que acredite la existencia de la patología y la necesidad de la baja por regla dolorosa, así como la fecha de inicio y la duración estimada de la misma.
  • Comunicar la baja a la empresa y a la entidad gestora o colaboradora de la Seguridad Social, en los plazos y formas establecidos.

Es importante destacar que la baja por regla dolorosa no se concede por el mero hecho de tener la menstruación, sino que se requiere una patología que genere una dismenorrea incapacitante. Por tanto, no todas las mujeres que tienen dolores menstruales pueden solicitar esta prestación, sino solo aquellas que cumplan los requisitos mencionados.

¿Qué beneficios tiene la baja por regla dolorosa para las mujeres y las empresas?

La baja por regla dolorosa es una medida que reconoce el derecho de las mujeres a cuidar de su salud y a no sufrir discriminación por razón de sexo en el ámbito laboral. Algunos de los beneficios que puede aportar esta prestación son:

  • Mejorar la calidad de vida de las mujeres que padecen una dismenorrea severa, al permitirles descansar y aliviar sus síntomas, sin tener que soportar el estrés y la presión de trabajar en esas condiciones.
  • Prevenir posibles complicaciones o agravamientos de la patología que causa la dismenorrea, al facilitar el seguimiento médico y el tratamiento adecuado.
  • Evitar el absentismo injustificado, el presentismo o la baja productividad, al regularizar la situación de las mujeres que no pueden trabajar por regla dolorosa, y al garantizar el cobro de un subsidio que compense la pérdida de ingresos.
  • Fomentar la igualdad de oportunidades y la no discriminación por razón de sexo en el trabajo, al reconocer la especificidad de la salud de las mujeres y al evitar posibles sanciones o represalias por parte de las empresas.

¿Cómo solicitar la baja por regla dolorosa?

Si cumples los requisitos para solicitar la baja por regla dolorosa, estos son los pasos que debes seguir:

  • Acudir al médico de cabecera o al especialista que te haya diagnosticado la patología que causa la dismenorrea, y solicitar un informe médico que justifique la necesidad de la baja por regla dolorosa, indicando la fecha de inicio y la duración estimada de la misma.
  • Comunicar la baja a la empresa, entregando una copia del informe médico y el parte de baja, en el plazo de tres días hábiles desde el inicio de la misma.
  • Solicitar el subsidio por incapacidad temporal por contingencias comunes a la entidad gestora o colaboradora de la Seguridad Social, aportando la documentación requerida, en el plazo de 15 días hábiles desde el inicio de la baja.
  • Presentar los partes de confirmación de la baja, según la periodicidad que determine el médico, y el parte de alta, cuando se produzca el cese de la incapacidad.

Si tienes alguna duda o problema para solicitar la baja por regla dolorosa, puedes contactar con nosotros, Asesoria Arnaiz, quien te apoyará para defender tus derechos como persona trabajadora